Las personas que han sobrevivido a la enfermedad del cáncer son objeto de discriminación a la hora de contratar un producto financiero, solicitar una hipoteca o suscribir un seguro, incluso tiempo de después de haber sido dadas de alta y estar recuperadas de manera plena. El Derecho al Olvido Oncológico tiene como objetivo garantizar que transcurrido un tiempo desde su recuperación, haber padecido un cancer, no sea motivo suficiente para no poder contratar un producto o hacerlo en circunstancias más gravosas o sufrir en cualquier ámbito de usu vida situaciones de discriminación. Hasta la fecha, el Derecho al Olvido Oncológico no ha sido objeto de reconocimiento en España, como si lo ha sido en otros paises de nuestro entorno. Su próximo reconocimiento, permitirá que las personas que han sufrido un cancer puedan relacionarse con las instituciones financieras o terceros con mayores garantías.
CASOS REALES
Imposibilidad de contratar un seguro de salud
Una adolecescente que padece el cancer en su infancia del que está plenamente recuperado, se le deniega de manera sistemática la posibilidad de suscribir un seguro de salud.
Despido por haber padecido cancer
Una empleada, tras conocer su empresa que ha sufrido un cáncer de la que ha sido dada de alta, es objeto de un despido ante el riesgo infundado de que va a sufrir bajas repetidas.
Suscripccion de un seguro en condiciones gravosas
Una persona superviviente de un cancer, al concer la entidad aseguradora que había sufrido la enfermedad, le aplica condiciones distintas que al resto de personas que contratan un producto similar.
¿Cómo podemos ayudarte?
En e]Cancelación contamos con un equipo de abogados que puede solucionar estas situaciones de discriminación:
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